BASICOS DE TELEADMINISTRACION. (PAGINAS WEB INTERNET, INTRANET)
Descripción:
Pone a disposición de los usuarios, las herramientas necesarias para estar presentes en Internet, sin tener conocimientos de herramientas para la creación de sedes electrónicas y páginas web; pues no se trata de un sistema de mera publicación de información estática sino de Servicios Básicos de Teleadministración y Portal Municipal o de la Entidad Adherida. (Incluso puede servir para crear el portal de las Entidades Sin Fines de Lucro, que hayan solicitado ser Beneficiarias de la Red Provincial).
En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica, pues posibilita publicar la sede electrónica y los portales que necesite la Entidad.
(Aprobado por Resolución núm. 325/2002 de 4/3 Modificado por Resolución 1.606/2006 de 29/09 y Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración electrónica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia BOP n.48 de 12/03/2019).
Destinatarios:
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos,Organismos y Empresas de Comunicación,Asociaciones Privadas Sin Fines de Lucro
Requisitos exigibles:
Los órganos de la Diputación Provincial deberán estar autorizados para utliizar este servicio. Los Entes Locales deberán haber solicitado los servicios de la Red Provincial y las Asociaciones sin Fines de Lucro, ser Beneficiarios de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración.
Sólo podrán solicitar el Servicio, los Entes y Órganos de Diputación de Almería, Ayuntamientos y demás Entidades Locales de la Provincia de Almería; asi como las entidades sin fines de lucro de la provincia que sean Beneficiarias de la Red Provincial de Comunicacionesr y Servicios de Teleadministración.
Para que sea posible el servicio, la Entidad deberá contar (salvo para el mantenimiento web limitado a algunas bases de datos gestionadas por CMSdipPro) con:
- Licencias Notes/Dominio clientes en los puestos de trabajo encargados del mantenimiento de la información y las relaciones electrónicas.
- Conexión a la Red Provincial.
Y en todo caso que los usuarios a los que se pretenda autorizar el acceso, en nombre de la Entidad adherida, dispongan de ID personal o genérico debidamente registrado.
Documentación Complementaria:
Solicitud debidamente cumplimentada ( EN MODELO OFICIAL ANEXO AL FINAL) deberán contener, alusión expresa al servicio solicitado (Servicio Básico de Teleadministración en la Red Provincial), y la siguiente información:
- Denominación Oficial de la Entidad
- Dirección completa de la misma.
- Nombre de las personas de contacto (coordinadores) y, en su caso, teléfono.
- También podrán relacionarse los nombres de las personas con Id de la Red Provincial autorizadas a trabajar, en nombre de la Entidad, en las respectivas bases de datos.
Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, al Área de Asistencia a Municipios, Personal y Régimen Interior.
¿Cuándo solicitar? :
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
1 mes
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá estimada
Coste para el solicitante:
El servicio de Teleadministración Básica para las Entidades Locales de la provincia que lo soliciten, prestado mediante un subdominio de alguno de los dominios de la Red Provincial, no conllevará coste directo alguno.
Los costes sólo serán los que pudieran derivarse de disponer de contenidos en formato especial que serán de cuenta de la Entidad respectiva en su caso.
Cuando la Entidad Local quiera aparecer en la Red con un dominio própio (asociado al dominio dipalme internamente), deberá hacerse cargo directamente del coste anual de licencia del dominio o dominios respectivos, y utilizar el Servicio de Gestión de DNS
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE R. INTERIOR . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950211171
Fax: 950211194
Horario de atención Presencial:
Laborables Previa Cita 950211171
Observaciones:
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación: Para el supuesto de que alguna Entidad usuaria quisiera dejar de utilizar el presente servicio, deberá comunicarlo con un mes de antelación. La gestión de altas y bajas de opciones que no impliquen gasto se harán directamente, de conformidad con lo que el respectivo coordinador solicite mediante correo electrónico firmado con certificado de la Red Provincial.
De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES DE USUARIOS QUE ACCEDEN A LOS SISTEMAS Y APLICACIONES, ASI COMO DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN, A TRAVES LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES GESTIONADA POR LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. , en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, EJECUCION DE CONTRATO. Mas informacion sobre Proteccion de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he leído y acepto el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL
VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- - Aprobado por Resolución núm. 325/2002 de 4/3 Modificado por Resolución 1.606/2006 de 29/09
- Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE RED PROVINCIAL Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA
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